Tiene por finalidad proteger a las empresas del riesgo de no pago de los créditos otorgados a sus clientes, tanto en el Mercado Doméstico (Nacional), como en el de Exportación. Esto puede originarse a partir de la insolvencia de hecho o derecho del deudor, permitiendo además a la Compañía iniciar acciones de cobro en contra del deudor, las que en caso de fracasar pudiesen derivar en una eventual indemnización.
Cubre operaciones entre empresas y no entre particulares.